Fernando Luis de la Vega, nuevo presidente de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura

El Boletín Oficial del Estado del 20 de enero incluye la Orden CLT/14/2026, de 14 de enero, por la que se nombra Presidente y Vicepresidente de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.

La Comisión de Propiedad Intelectual es un órgano colegiado de ámbito nacional adscrito al Ministerio de Cultura, que actúa por medio de dos Secciones. La Sección Primera está compuesta por cinco vocales elegidos entre expertos de reconocida competencia en materia de propiedad intelectual y en materia de defensa de la competencia, entre los que el Ministerio de Cultura y Deporte designa al presidente de la sección, cargo que debe recaer en uno de los vocales designados por el propio Ministerio.

sede cultura

Los vocales de la sección son nombrados por el Gobierno, a propuesta de los titulares de los Ministerios de Cultura y Deporte, que elige dos vocales; del Ministerio de Economía y Empresa, que designa dos vocales, uno del ámbito Avance Digital y otro del ámbito Economía y Apoyo a la Empresa; y del Ministerio de Justicia, que nombra un vocal, por un periodo de cinco años renovable por una sola vez.

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El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ahora designa de entre los vocales titulares al presidente de la sección y también al vicepresidente. Así, Fernando Luis de la Vega García es el nuevo presidente de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual y Juan Enrique Gradolph Cadierno, su vicepresidente.

Ayudas a la promoción cultural

Por otro lado, en el mismo BOE del 20 de enero, aparece el Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2025 de la Subsecretaría de Cultura, por la que se convocan las ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la acción y la promoción cultural correspondientes al año 2026.

Podrán ser beneficiarios las personas jurídicas sin ánimo de lucro de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Quedan excluidas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, las entidades con ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).

Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas. Las ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la acción y la promoción cultural tienen por objeto apoyar actividades y proyectos específicos del sector cultural y creativo que sirvan para la profesionalización, innovación y progreso del mismo, y que contribuyan a la consecución de las siguientes finalidades:

  • a) Fomentar la promoción y difusión de contenidos, productos y servicios culturales y, en especial, aquellos proyectos que promuevan la innovación y las tecnologías digitales con pleno respeto a los derechos de propiedad intelectual.
  • b) Incrementar la profesionalización del sector cultural y creativo y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, especialmente aquellos proyectos o actividades que sirvan para mejorar la igualdad de género en el Sector Creativo y Cultural.
  • c) Impulsar la vertebración, dinamización e internacionalización del sector cultural y creativo, en especial, cuando sirva a la imagen de España como potencia cultural.
  • d) Promover la defensa de la propiedad intelectual, el derecho de acceso a la cultura, la sostenibilidad del Sector Creativo y Cultural, así como el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
  • e) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural, así como la promoción de sinergias y alianzas con otros operadores culturales públicos y/o privados para vertebrar los sectores creativos y culturales y una oferta cultural equilibrada en todo el territorio español.

El importe máximo imputable a la convocatoria será de 1.990.000 euros y se prevé la posibilidad de fijar una cuantía adicional, por un importe máximo de 1.000.000 euros, cuya aplicación a la concesión de esta línea de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del 21 de enero.

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