El peligro de empezar las producciones sin tener los contratos firmados

Por Fernando Fernández Aransay, de Aransay | Vidaurre Copyright & Image Lawyers.

La estructura legal de las producciones implica asentar los contratos que recluten a
todos los intervinientes: coproductores, financiadores, distribuidores, plataformas,
equipos técnicos, personal artístico, proveedores de bienes y servicios de toda clase,
etc. Por eso es crucial disponer de todos los contratos firmados a su debido tiempo.

Sin embargo, motivos como las agendas del personal artístico o técnico, disponibilidad
de platós, época adecuada del año al aire libre, calendarios de financiación,
compromisos de entrega y muchos otros pueden forzar las decisiones en contra de la
culminación de cada uno de los pasos que, desde el punto de vista legal, son
necesarios para asegurar la pacífica consecución del objetivo.

Es obvio que la mayor fuerza negociadora se tiene antes de embarcarse en decisiones que no permitan retroceder o sustituir a la otra parte. Será incomparablemente más sencillo cambiar a un coproductor rebelde cuando se esté aún trazando el primer boceto de la producción, o cambiar de actor principal antes de que haya dado comienzo el rodaje. Por el contrario, la fuerza de estos se multiplicará cuando la
producción haya avanzado bajo la premisa de su participación, hasta llegar, acaso, a
imposibilitar su reemplazo so pena de graves trastornos económicos y organizativos.

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La concreta prelación de los contratos dependerá de las peculiaridades del proyecto,
pero en general los que sostengan su existencia misma serán imprescindibles.
Completar la financiación de la obra a tiempo de cumplir el calendario de pagos, por
ejemplo, es una exigencia obvia. No poder afrontar los gastos comprometidos truncará
la producción, y la necesidad de suplir el dinero urgentemente causará, como mínimo,
notorios encarecimientos. En otro caso, si se trata de una adaptación audiovisual
habrá que asegurar los derechos pertinentes mediante un contrato previo, o habremos empezado la casa por el tejado. Otro tanto ocurrirá si la obra hubiese de construirse en torno a alguna persona en particular, sea cual fuere su cometido.

Después merecen cuidado los contratos pertenecientes a categorías de difícil, aunque
no imposible, reemplazo: director, guionista, reparto principal, jefes técnicos, etc.

Por el contrario, asuntos de más fácil relevo, como proveedores comunes, personal
secundario u otros, pueden admitir cierta demora en el amarre de su contratación,
aunque sea igualmente deseable concertarlos con sana antelación.

En la práctica no son pocas las ocasiones en que la imprevisión de los productores (o
sea, contratos pendientes de firma) propicia crisis, a veces por abuso, de quienes,
viéndose en una situación de fuerza por el poder de los hechos consumados, les
tuercen el brazo. Por el contrario, también hemos conocido casos en los que los
productores han preferido abortar el proyecto, incluso cuando había ya numerosos
compromisos trabados, antes que ceder a las presiones de quienes pretendían hacer
de la falta de contrato escrito un arma a su favor.

Lo ideal sería no comenzar ninguna producción hasta tener todos los contratos en la mano, firmados y archivados ordenadamente. Cuando hayamos de quebrar este
principio por poderosas razones, deberemos sopesar cuidadosamente las consecuencias.

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