La Comisión Europea ha adoptado dos decisiones en las que constata el incumplimiento por parte de Google del Reglamento de Mercados Digitales por dar preferencia a sus propios servicios en Google Search y por imponer restricciones a las empresas en la redirección de los consumidores hacia canales de compra alternativos —a menudo más baratos— en Google Play. Por ello, la Comisión ha impuesto a Google dos multas de 460 y 430 millones de euros.
En virtud del Reglamento de Mercados Digitales de la Unión Europea, los guardianes de acceso no deben dar un trato más favorable a sus propios servicios que a los de terceros a la hora de establecer el orden de aparición en los resultados de búsqueda. Deben aplicar condiciones transparentes, justas y no discriminatorias a dicho orden de aparición.

La Comisión ha constatado que Google otorga un trato preferente a sus propios servicios (como las compras, los hoteles, el transporte y los resultados deportivos) frente a los de terceros en las búsquedas de Google, incumpliendo así sus obligaciones en virtud del Reglamento de Mercados Digitales. Google muestra sus propios servicios de forma más destacada en los resultados de búsqueda, por ejemplo, colocándolos en la parte superior de la página de resultados o utilizando elementos visuales y filtros mejorados, mientras que los servicios de terceros no gozan de la misma prominencia.
Antidirección de Google
En virtud del Reglamento de Mercados Digitales, los desarrolladores de aplicaciones que distribuyen sus aplicaciones a través de Google Play deberían poder informar gratuitamente a los clientes de ofertas alternativas, a menudo más baratas, y dirigirlos a dichas ofertas para que realicen sus compras, por ejemplo, en sitios web o en tiendas de aplicaciones alternativas.
La Comisión ha constatado que Google ha incumplido esta obligación. En particular, Google impide a los desarrolladores de aplicaciones comunicar y promover libremente ofertas y celebrar contratos con los usuarios en los canales de distribución que elijan, incluidas las tiendas de aplicaciones de terceros. Si bien Google puede recibir una comisión por facilitar la captación inicial de un nuevo cliente por parte de un desarrollador de aplicaciones a través de Google Play, el nivel de las comisiones cobradas por Google y la duración del período de tarificación de estas superan lo que se considera acorde a la ley.
Los compromisos de Google
La Comisión ha ordenado a Google que ponga fin al incumplimiento. En concreto, Google debe aplicar medidas para: tratar los servicios de terceros que aparecen en los resultados de búsqueda de Google de forma justa y no discriminatoria en comparación con sus propios servicios; y permitir que los desarrolladores de aplicaciones que distribuyen sus aplicaciones a través de Google Play Store puedan, tanto desde el punto de vista técnico como contractual, comunicar libremente, promover ofertas y celebrar contratos con usuarios no solo dentro sino también fuera de la tienda de aplicaciones Google Play.
La Comisión observa que Google ya ha propuesto y empezado a probar cambios en la forma en que presenta sus propios servicios en la búsqueda de Google, en el caso de servicios gratuitos como compras, hoteles y vuelos. La Comisión supervisará la aplicación de estas soluciones, que suponen un avance considerable hacia el cumplimiento de la normativa.
La Comisión también constata que Google ha propuesto y empezado a probar cambios en la forma de presentar los anuncios de compras y los servicios relacionados con los contenidos, como los deportivos. La Comisión está evaluando estos cambios y proseguirá su diálogo con Google, al tiempo que toma nota de las propuestas de Google sobre cómo tiene previsto aplicar los principios de la decisión a los resúmenes y el modo de IA, cuestiones sobre las que se seguirá conversando.
La Comisión también observa que Google ha introducido cambios relacionados con sus propias normas de dirección, que suponen un avance positivo hacia el cumplimiento y también se evaluarán. Las multas impuestas a Google tienen en cuenta la gravedad y la duración del incumplimiento. Google está obligado a cumplir las decisiones de la Comisión en un plazo de 60 días; de lo contrario, se expone a multas coercitivas de hasta el 5 % de su volumen de negocios a nivel mundial.



