La CNMC sanciona a Viacom por incumplir las obligaciones de calificación por edades durante las emisiones de Comedy Central

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Viacom International Media Networks España, S.L.U. por emitir un contenido en el canal Comedy Central con una calificación por edades incorrecta.

La emisión tuvo lugar el 8 de octubre de 2024, entre las 15:26 y las 17:02 horas, y se identificó como «TP» —apta para todos los públicos—, pese a que la calificación otorgada por el ICAA era «no recomendada para menores de 12 años.»

Comedy Central

La resolución de la CNMC considera que esta calificación errónea del canal de Viacom incumplió la obligación prevista en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) de ofrecer a los espectadores información suficiente e inequívoca sobre los contenidos que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores.

Protección de los menores e información suficiente e inequívoca

La CNMC recuerda que la calificación por edades es una herramienta esencial para que padres, madres y tutores puedan valorar si un contenido es adecuado para los menores. También permite que funcionen correctamente los sistemas de control parental y otros mecanismos de protección. En este caso, la información mostrada no se correspondía con la calificación del contenido, lo que podía llevar a una percepción equivocada sobre su adecuación para todos los públicos.

La Ley General de Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores de servicios audiovisuales a informar correctamente sobre la naturaleza de los contenidos potencialmente perjudiciales para menores, mediante sistemas de calificación por edades, símbolos visuales, advertencias u otros medios técnicos. Según la resolución, durante la emisión de Comedy Central apareció en pantalla la calificación «TP», cuando el contenido debía identificarse como «+12». Por ello, la CNMC considera que la información ofrecida no era suficiente ni inequívoca para advertir adecuadamente sobre la edad recomendada.

Durante la tramitación del expediente, Viacom alegó que la calificación incorrecta se debió a un error humano aislado y no intencionado. También señaló que revisó sus procedimientos para evitar que esta situación pudiera repetirse.

Responsabilidad y sanción

La CNMC declara acreditada una infracción leve de la LGCA. Viacom reconoció su responsabilidad y realizó el pago anticipado de la sanción, por lo que se aplicaron las reducciones previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo.

La sanción propuesta ascendía, en un principio, a 12.500 euros. Tras aplicar una reducción del 40 % por reconocimiento de responsabilidad y pago anticipado, el importe final abonado por la compañía fue de 7.500 euros.

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