La CNMC sanciona a Veo TV por la emisión de publicidad de apuestas fuera del horario permitido y patrocinios ilegales

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Veo TV, responsable del canal Gol TV, por incumplir distintas obligaciones previstas en la Ley General de Comunicación Audiovisual. La resolución se refiere, por una parte, a la emisión de comunicaciones comerciales relacionadas con apuestas fuera del horario permitido y, por otra, a varios patrocinios que incorporaban mensajes promocionales incompatibles con el régimen jurídico del patrocinio audiovisual.

Gol PlayLa Ley General de Comunicación Audiovisual establece que las comunicaciones comerciales relacionadas con juegos de azar y apuestas solo pueden emitirse entre la 1:00 y las 5:00 horas. En este caso, la CNMC considera acreditada la emisión de varias comunicaciones comerciales de la marca BW Scores antes del inicio de esa franja horaria. Aunque el mensaje publicitario se presentaba como una aplicación de información deportiva, la creatividad incluía referencias a apuestas que permiten considerar que la comunicación estaba relacionada con actividades de juego y apuestas a efectos de la normativa audiovisual.

Patrocinios

La CNMC recuerda también que el patrocinio audiovisual tiene un régimen específico en la Ley de Comunicación Audiovisual. Su finalidad es asociar una marca, empresa o actividad a un programa, pero no puede convertirse en una comunicación comercial destinada a promover directamente la contratación de productos o servicios. En particular, la ley prohíbe que los patrocinios incluyan referencias promocionales concretas que inciten directamente a la compra.

- Publicidad -
Síguenos en WhatsApp
Únete a nuestro canal
SEGUIR

La resolución analizó varias inserciones emitidas en Gol TV vinculadas a Finetwork y Banco Santander. En estos mensajes se incluían referencias a ofertas concretas, precios promocionales y ventajas asociadas a la contratación de determinados servicios. La CNMC considera que estas comunicaciones iban más allá de la mera identificación del patrocinador y se acercaban a la publicidad comercial, por lo que incumplían las condiciones que la Ley Audiovisual establece para los patrocinios.

La CNMC declara acreditadas dos infracciones graves continuadas: una por la emisión de comunicaciones comerciales relacionadas con apuestas fuera del horario permitido y otra por la difusión de patrocinios que incluían mensajes de promoción directa. La sanción propuesta ascendía a 135.555 euros. Tras acogerse al pago voluntario previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo, Veo TV obtuvo una reducción del 20 %, por lo que el importe final abonado fue de 108.444 euros.

-Publicidad-