Bruselas aprueba el modelo de financiación de France Télévisions y rebaja la tensión en RTVE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado hoy un varapalo a las compañías de telecomunicaciones de Francia y a la vez un espaldarazo al gobierno galo tras sentenciar que la tasa impuesta a estas compañías para financiar la televisión pública es legal. Un hecho que ya se está tomando como precedente para la situación que vive TVE, a la espera desde hace meses de conocer si su modelo de financiación, basado en la aportación anual de telecos, televisiones privadas y plataformas de televisión de pago, puede seguir adelante.

France TelevisionsDe hecho, desde el gabinete de prensa de RTVE no han dudado en enviar un comunicado sobre la sentencia que afecta únicamente a Francia, lo que demuestra que el anuncio ha rebajado notablemente los niveles de tensión en la Corporación y muy probablemente en el Gobierno. Para RTVE es «razonablemente previsible» que la Unión Europea avale también el modelo español, inspirado precisamente en el francés pero llevado a cabo de manera más radical e inmediata. France Télévisions únicamente ha eliminado la publicidad de la franja del prime time.

Sin embargo, el ánimo entre las compañías de telecomunicaciones que llevaron la causa a los tribunales no debe ser tan positivo. La Fédération Française des Télécoms (FFT) se ha mostrado decepcionada y ha señalado que su sector vive grandes dificultades por la crisis económica y las abultadas inversiones en redes de nueva generación. Ha asegurado que aumentará la vigilancia para que la presión fiscal no crezca. La aportación de estas compañías a la televisión pública francesa ronda los 250 millones de euros al año (más de mil millones hasta la fecha) y viene produciéndose desde 2009.

La Comisión Europea llevó en el mismo año 2009 el caso ante del Tribunal de Justicia de la Unión Europea alegando que este impuesto constituía una carga administrativa incompatible con la legislación comunitaria. La sentencia asegura que la tasa francesa no tiene como objetivo cubrir los gastos de regulación del sector sino que responde a un hecho imponible distinto que no está cubierto por las normas de la UE. El Tribunal subraya que el recargo “no se impone a todos los operadores de comunicaciones electrónicas titulares de una autorización o de un derecho de uso de radiofrecuencias o de números, sino únicamente a los operadores que ya prestan sus servicios en el mercado de los servicios de comunicaciones electrónicas a los usuarios finales”. En definitiva, la tasa no se impone por el mero hecho de poseer una autorización o la concesión de un derecho de uso de radiofrecuencias o de números, sino que “está vinculada a la actividad del operador consistente en prestar servicios de comunicaciones”.

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Las primeras reacciones han venido de la mano de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), que ha destacado el hecho de que se despeje esta gran incógnita en RTVE, aunque la sentencia sólo es aplicable a Francia y habrá que esperar a que Bruselas se pronuncie sobre el caso español. La AUC ha señalado que aún así este anuncio  «no soluciona el problema fundamental de encontrar un modelo de financiación estable que garantice la sostenibilidad» de RTVE, y sigue abogando por una presencia limitada y controlada de la publicidad en la Corporación.

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