El Consejo de Estado insta al Gobierno a introducir cambios en el anteproyecto de Ley de Propiedad Intelectual

El Consejo de Estado, supremo órgano consultivo del Gobierno, confirma por unanimidad en su dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Propiedad Intelectual que el texto necesita modificaciones para garantizar cierta eficacia en la consecución de los objetivos de la reforma, entre ellos luchar contra la piratería, la revisión de la compensación por copia privada y proporcionar seguridad jurídica al sector de las industrias culturales y creativas, sumándose así, a la revisión jurídica del Consejo General del Poder Judicial el pasado mes de julio, y a la de otros órganos consultivos.

Según manifiesta en un comunicado La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, el dictamen del Consejo de Estado recoge de forma precisa y determinante las correcciones que debieran incorporarse  “Creemos que muchas de las recomendaciones son de verdadero calado para garantizar la protección eficaz de los derechos de propiedad intelectual en nuestro país y que no habrá razón para que no se atiendan por el Gobierno” Por lo que desde la Coalición de Creadores, recibimos con expectación el compromiso lanzado por el ministro Wert: “Procederemos a analizar su contenido, a incorporar las recomendaciones que se desprendan del mismo y a pasarlo a segunda lectura al Consejo de Ministros”

Carlota Navarrete
Carlota Navarrete, directora de La Coalición

La luz que arroja el dictamen en lo relativo al procedimiento de salvaguarda muestra el camino a seguir para abordar un Proyecto de Ley sólido y riguroso, respaldado por el sector cultural, y coherente con el compromiso reiterado del Gobierno de proteger y potenciar el valor estratégico de unas industrias claves para nuestra economía y el empleo.

Las siete  afirmaciones del dictamen respecto al procedimiento de salvaguarda que son cruciales para las industrias de contenidos:

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 Primera. El Consejo de Estado es plenamente consciente de las vulneraciones masivas de los derechos de PI y de la necesidad de su protección cuando afirma que “más allá de las consecuencias positivas que un acceso universal al conocimiento y la cultura puede socialmente conllevar, lo cierto es que la revolución digital está lamentablemente también generando una infracción masiva de los derechos de propiedad intelectual de obras y prestaciones que son la concreción del impulso innovador y creativo generado en el mundo del conocimiento, las artes, las letras y la cultura en general que es preciso defender y proteger”.

 Segunda. El Anteproyecto así no sirve. Los elementos que han permitido, a juicio del Consejo de Estado, la eficacia de sistemas comparados “no son claramente apreciables en la regulación española en la materia, ni tampoco el Anteproyecto parece el instrumento que pondrá fin a las lagunas y carencias del sistema nacional de lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual”. La semejanza entre los textos en proyecto de Código Penal y la LPI demanda que “la reforma de la LPI trate de articular un procedimiento administrativo de tutela de los derechos de propiedad intelectual ágil, eficaz y realmente protector de tales derechos”.

 Tercera. Existe un exceso de términos vagos e imprecisos en la redacción de los proyectos. Tanto los proyectos del Código Penal como la LPI “adolecen del empleo de numerosos conceptos jurídicos indeterminados, lo que ha sido constantemente criticado, incluso por la Comisión Europea”. También, el consejo de estado, propone una revisión de los conceptos jurídicos indeterminados que se incluyen en las diligencias preliminares de la ley de enjuiciamiento civil.

 Cuarta. El Consejo de Estado respalda la priorización del bloqueo como “medida más eficaz para la tutela de los derechos de propiedad intelectual vulnerados” (medida además que ya está siendo implementada en países de nuestro entorno con éxito) y que se evidencia como la única por el momento capaz de frenar la sistemática violación de tales derechos.

 Quinta. El Consejo de Estado exige que las exclusiones respecto de los enlazadores se limiten a aquellos que actúen con neutralidad técnica y sin ánimo de lucro. Es evidente que para garantizar la eficacia del procedimiento de salvaguarda debe actuarse sobre los prestadores de servicios de la sociedad de la información que vulneren derechos de propiedad intelectual, confirmando el Consejo de Estado que “las exclusiones en esta materia han de ser la excepción, debiendo evitarse las exclusiones apriorísticas de prestadores de servicios de la sociedad de la información, a salvo aquellos casos en que existan neutralidad técnica y ausencia de ánimo de lucro”.

 Sexta. En base a una prolija justificación, afirma que debe revisarse “la composición de la Sección Segunda de la CPI, tanto en lo relativo al número de miembros como a  los requisitos que deben reunir  para ostentar dicha condición y a la dotación de medios para hacer de ella un órgano eficaz”.

 Séptima“El régimen sancionador diseñado es disfuncional, defectuoso y carente de coherencia interna”.

Por último, respecto a las modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Consejo de Estado considera acertada la decisión de reformar la LEC para mejorar la tutela procesal civil de los derechos de propiedad intelectual“si bien el texto proyectado requiere de una revisión que permita convertir a la ley procesal civil en un instrumento verdaderamente útil para el fin perseguido”.

 la-coalicion-de-creadores-lSegún el Consejo de Estado, “debería acompañarse de otras medidas normativas que permitan dotarle de la eficacia que se persigue con dicha modificación, en concreto, la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, o la Ley Orgánica de Protección de Datos, que contienen elementos relevantes en este ámbito. En tanto esas disposiciones mantengan su redacción actual es posible aventurar –afirma el Consejo de Estado-,que la reforma de la LEC incluida en el Anteproyecto tendrá dificultades para convertirse en un instrumento eficaz en la lucha contra la piratería en el entorno digital, habida cuenta de la práctica seguida hasta la fecha en los tribunales españoles”.

 Respondería además a una clara tendencia internacional” –afirma Carlota Navarrete, directora de la Coalición, quien añade –“entendemos que el Gobierno tiene una gran responsabilidad y una oportunidad inmejorable para que el Proyecto de Ley que envíe a las Cortes subsane las deficiencias que ha remarcado el dictamen y pueda contribuir de manera inequívoca a la defensa de la Propiedad Intelectual”.

El comunicado de La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos concluye con datos de un informe de la Unión Europea realizado por la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) que muestra que el 96% de los europeos cree que la propiedad intelectual (PI) es importante porque fomenta la innovación y la creatividad; el 86% considera que proteger la propiedad intelectual contribuye a mejorar la calidad de los productos y servicios; y el 69% la valora porque contribuye a crear puestos de trabajo y al bienestar económico y, por tanto, condenan las vulneraciones de la propiedad intelectual.

El informe del Consejo de Estado insta a reformar los artículos referentes a la compensación por Copia Privada y recomienda seguir las directrices de la Unión Europea, definiendo muy bien los límites de la copia privada. También pone en duda el que dicha compensación dependa de los presupuestos generales del Estado. El informe indica además que debería revisar la situación de las entidades de gestión y hace especial hincapié en un reordenamiento de las tarifas.

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