El ICAA y la Elías Querejeta Zine Eskola firman un convenio para la realización de prácticas académicas externas

El Boletín Oficial del Estado del 30 de junio incluye la Resolución de 23 de junio de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con Elías Querejeta Zine Eskola, para la realización de prácticas académicas externas.

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Elías Querejeta
Zine Eskola han suscrito, con fecha 20 de junio de 2022, un convenio para la realización
de prácticas académicas externas. El ICAA y la EQZE consideran de interés colaborar en la formación práctica de los estudiantes a través de las prácticas académicas externas a desarrollar en el ICAA, de manera que puedan aplicar los conocimientos adquiridos en su formación académica y prepararse para el ejercicio de actividades profesionales, cumpliendo de esta forma ambas partes algunos de sus fines institucionales comunes.

El convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la EQZE realizarán un programa de prácticas externas de cualquier enseñanza que guarde relación con la materia y competencia propias del ICAA, impartida por dicha escuela, tanto oficial como propia, según las condiciones particulares de cada modalidad que correspondan.

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Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares y extracurriculares. Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate. Tendrán la duración que determine el correspondiente Plan de Estudios.

Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines
que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. El convenio, no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes.

El convenio tendrá una vigencia de cuatro años y podrá prorrogarse por voluntad unánime y expresa de las partes por un periodo máximo de cuatro años, siguiendo los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el convenio original.

RESOLUCIÓN COMPLETA

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