Filmoteca Española renueva su convenio con Televisión Española para la preservación y accesibilidad en streaming del patrimonio cinematográfico

El Boletín Oficial del Estado del 21 de febrero incluye la Resolución de 15 de febrero de 2023, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con la Corporación Radio Televisión Española, para la preservación y accesibilidad al patrimonio cinematográfico español.

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Corporación Radio
Televisión Española han suscrito, con fecha 14 de febrero de 2023, un convenio para la
preservación y accesibilidad al patrimonio cinematográfico español.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el ICAA y RTVE, mientras esta última permanezca como persona jurídica de titularidad pública, en las tareas de preservación y difusión del patrimonio cinematográfico español.

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El ICAA, a través de la Filmoteca Española se compromete a:

a) Autorizar a RTVE para efectuar la comunicación pública en el medio Internet mediante streaming con acceso libre y gratuito a través de la Web de RTVE, y sus versiones para acceso desde dispositivos compatibles, de aquellas películas, documentos audiovisuales y documentación relacionada que forman parte del fondo patrimonial del ICAA, así como sobre aquellos materiales de los que pueda disponer para este uso o esté expresamente autorizado.

La selección de dichas películas y documentos será realizada por la Comisión de seguimiento, y se relacionarán en la correspondiente acta, con indicación del título y fecha de producción, si se conoce. Asimismo, se indicará, cuando proceda, el régimen jurídico que permite su publicación en línea.

b) Ceder de manera gratuita a RTVE el uso de imágenes o extractos de películas, documentos audiovisuales y documentación relacionada que forman parte del fondo patrimonial del ICAA y sobre los que éste puede ejercer derechos de explotación o esté autorizado para ejercerlos, para su uso en producciones y emisiones propias.

c) Ceder a RTVE el derecho no exclusivo de comercialización de imágenes o extractos de películas y documentos audiovisuales que forman parte de los fondos patrimoniales del ICAA para la producción comercial por terceros; para la comercialización de producciones o coproducciones en la que intervenga RTVE e incorporen imágenes o extractos de este fondo patrimonial; y para la comunicación pública de películas u otros documentos íntegros cedidos por el ICAA.

d) Custodiar los fondos fotoquímicos de RTVE una vez sean digitalizados en los almacenes del Centro de Conservación y Restauración de Fondos Filmicos. Las condiciones de este depósito deberán establecerse en un documento que a los efectos se convenga por las partes.

RTVE se compromete a:

a) La comunicación pública en Internet, a través de su Web y sus versiones para acceso desde dispositivos compatibles, de las películas y documentos audiovisuales sobre los que el ICAA ha otorgado su autorización. La página Web será mantenida íntegramente por RTVE.

b) Dar acceso a los contenidos del ICAA (Filmoteca Española) en un sitio  específico creado expresamente en su página Web para estos fondos. El ICAA (Filmoteca Española) podrá utilizar libremente, en su caso, las direcciones Web de las películas digitalizadas para su propia página Web. RTVE se compromete a que sean direcciones permanentes. Las imágenes así servidas llevarán incorporado el logotipo del ICAA (Filmoteca Española) y el de RTVE.

c) Crear a su cargo los archivos digitales de las películas y documentales del ICAA (Filmoteca Española) autorizados para su publicación en la Web de RTVE. No obstante,
la Filmoteca Española facilitará los soportes más adecuados durante el proceso de digitalización de los contenidos, así como los soportes magnéticos y/o digitales de aquellos títulos que se encuentran ya transferidos, con el objetivo de disminuir los costes derivados de la creación de los archivos digitales y ofrecer la mayor fidelidad y calidad en el conocimiento de las imágenes históricas.

d) Entregar al ICAA una copia de todos los archivos digitales creados por RTVE de las películas y documentales del ICAA en la mejor calidad existente antes de la extinción
del presente convenio. e) Depositar los materiales cinematográficos en soporte fotoquímico de su propiedad en el Centro de Conservación y Restauración de Fondos Fílmicos, para su custodia por el ICAA, en las condiciones que las partes acuerden y establezcan documentalmente.

El ICAA y RTVE se comprometen de manera conjunta a:

a) Celebrar acuerdos para la producción de documentos audiovisuales con contenido histórico o cultural, basados exclusivamente o de forma mayoritaria en la recopilación y/o ordenación temática o temporal de imágenes y documentos de sendos archivos, pactándose puntualmente para cada uno de los productos a editar las condiciones específicas, tomando, en su caso, como referencia en cuanto condiciones económicas, lo estipulado en el presente Convenio.

b) Celebrar acuerdos para la colaboración de las técnicas de preservación de los elementos que integran el patrimonio cinematográfico y su digitalización para el acceso, pudiendo aplicar a estas tareas los derechos económicos que pudieran corresponder al ICAA por la cesión a RTVE del uso comercial de las imágenes de las que es titular.

c) El ICAA, a través de la Filmoteca Española, y RTVE, a través del Departamento del «Fondo Documental» y de la Dirección de Medios Interactivos, trabajarán conjuntamente durante los procesos de incorporación y acceso al conjunto de fondos fílmicos del ICAA que estén o vayan a ser accesibles en el sitio específico de la Web de RTVE, así como para establecer los procesos de catalogación y tratamiento técnico de estos materiales fílmicos.
Tercera.

La cantidad que RTVE deberá abonar al ICAA por la comercialización de los productos que generan participación económica a su favor se establecerá en función del tiempo de imágenes u otros materiales propiedad del ICAA utilizados con relación a la duración del programa o unidades o partes del mismo y al importe que RTVE perciba por tal comercialización.

RTVE aplicará como referencia para la venta comercial a terceros de los elementos cedidos el precio de mercado para este tipo de materiales, en consideración a la finalidad, sistemas de comunicación y ámbito geográfico de difusión, según sus propias tarifas.

Los ingresos netos obtenidos por la comercialización del fondo documental serán repartidos de la siguiente manera:

Del 100 % de dichos ingresos netos en concepto de royalties, el reparto entre las partes será al 50 %. No se considerarán ingresos en concepto de royalties, los duplicados y gastos técnicos de material que sea necesario realizar en las cesiones de los derechos de explotación comercial que RTVE efectúe con terceros. Considerando anualidades anteriores, los ingresos netos esperados por el ICAA están en el intervalo entre 131.039 euros y 34.673 euros considerando los generados entre 2014 y 2020.

RTVE remitirá anualmente, dentro del primer trimestre de cada año, al ICAA (Filmoteca Española) una liquidación con la evolución comercial de los fondos documentales pertenecientes al ICAA que incluirá el siguiente detalle en relación exclusivamente a estos fondos:

– Ventas efectuadas, con detalle del tiempo de imágenes u otros materiales propiedad del ICAA utilizadas con relación a la duración del programa o unidades o partes del mismo.

– Tarifas.

– Ingresos netos percibidos.

– Porcentaje a aplicar a cada una de las partes. A tal efecto, el ICAA (Filmoteca Española) emitirá la factura correspondiente en los plazos que tiene estipulados, para su abono por RTVE.

CONVENIO

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