La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Atresmedia por la emisión de publicidad encubierta en el programa ‘Juntas cambiamos’, difundido a través de su plataforma de streaming atresplayer. Esta infracción se produjo, al menos, entre el 16 de julio de 2024 y el 21 de mayo de 2025.
En la descripción del programa, se indicaba que estaba ofrecido por una determinada marca comercial de alimentación, impulsora de la iniciativa. Sin embargo, más allá de esa referencia inicial, el contenido no incluía ninguna identificación adicional de su carácter publicitario, en particular, mediante el indicativo de «publicidad.»

El programa partía de un estudio elaborado por la citada marca y abordaba cuestiones relacionadas con la salud. Durante su emisión, se realizaron menciones directas a la marca, se aludió a productos alimenticios vinculados a la misma y se emplearon elementos visuales asociados a su identidad corporativa en decorado y vestuario.
Para la CNMC, la combinación de estos elementos evidencia la existencia de una finalidad promocional integrada en el contenido editorial del programa sin una identificación clara para el espectador. Esta práctica puede inducir al público a error sobre la naturaleza del contenido, al no distinguirse entre programación y comunicación comercial.
Infracción grave
Los hechos constituyen una infracción de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que prohíbe la comunicación comercial audiovisual encubierta cuando tenga intencionalmente un propósito publicitario y pueda inducir al público a error.
La CNMC impuso una sanción de 262.500 euros. Atresmedia reconoció su responsabilidad y solicitó la aplicación de reducciones por reconocimiento y pronto pago. El importe final fue de 157.500 euros, lo que supone una reducción del 40 %.



