La comunidad de Madrid destina 220.000 euros repartidas en 44 ayudas para la creación de artes escénicas, musicales, cinematográficas y diseño de moda

El Boletón Oficial de la Comunidad de Madrid del 20 de junio incluía el extracto de la Orden 622/2018, de 31 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a personas físicas para la creación y el desarrollo de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y de diseño de moda en 2018.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas por esta Orden las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser madrileño o residente en la Comunidad de Madrid. Entendiendo como residente aquel que esté empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.

b) Tener la consideración de creador novel, entendiendo como tal al solicitante que no haya publicado, estrenado o exhibido de manera profesional más de cuatro obras originales en la modalidad a la que concurre (guion de largometraje, texto teatral, obra coreográfica, composición musical o proyecto de diseño de moda).

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Se convocan 44 ayudas para la creación y el desarrollo de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y de diseño de moda, con el siguiente desglose.

a) 13 Ayudas a autores para la creación de textos teatrales.

b) 13 Ayudas a autores para la creación de guiones cinematográficos de largometraje.

c) 6 Ayudas a compositores para la composición de partituras musicales.

d) 8 Ayudas a coreógrafos para la creación de obras coreográficas.

e) 4 Ayudas a diseñadores para proyectos de moda.

El importe de cada ayuda es de 5.000 euros por proyecto con independencia del número de autores del mismo. El proyecto presentado deberá ser de nueva creación, original y corresponderá a una idea personal del solicitante. Para los supuestos de coautoría, todos los autores de un mismo proyecto serán considerados, en su caso, beneficiarios de la ayuda, y deberán cumplir individualmente cada una de las condiciones previstas en la convocatoria. Cada solicitante únicamente podrá presentar una solicitud por modalidad y para un solo proyecto. Si un proyecto fuese desarrollado en coautoría, cada uno de los autores, individualmente, deberá presentar en plazo su solicitud.

La obra final deberá tener:

a) Textos teatrales. Un mínimo de 25 folios, para una representación teatral de, al menos, cuarenta minutos de representación.

b) Guion cinematográfico. Un mínimo de 60 folios, para un largometraje de, al menos, sesenta minutos.

c) Composición de partitura musical. Partituras para una composición musical de, al menos, veinte minutos.

d) Obra coreográfica. La representación final deberá durar, al menos, treinta minutos.

e) Proyecto de moda como disciplina creativa. Una memoria explicativa o “dossier” completo del proyecto con bocetos de los diseños (un mínimo de 10 “looks” o diseños terminados) y una fotografía de, al menos, una pieza terminada o “look”completo.

El proyecto final es incompatible con cualquier otra ayuda de entidades públicas o privadas.
Tercero. El importe total de la convocatoria es de 220.000 euros y el plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto, es decir el tiempo empezó a contar el 21 de junio. El período de vigencia va del 1 de enero de 2017 al 30 de noviembre de 2018.

EXTRACTO COMPLETO DE LA LA ORDEN

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