El pasado 28 de abril se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el Extracto de la Orden 617/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2026.
Las ayudas están destinadas a empresas de producción independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual, con forma de empresario individual, sociedad mercantil o civil, sociedad cooperativa laboral o las agrupaciones de interés económico.

Deberán tener el domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos de personal ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos indicados anteriormente.
La empresa deberá tener un mínimo de dos años de actividad audiovisual o cinematográfica, o su administrador o socio mayoritario una trayectoria profesional suficientemente acreditada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud. En el caso de que sean dos empresas las que den solvencia deberán ser socios en un 50 por 100. En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor.
No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
En el caso de que un proyecto audiovisual estuviera siendo elaborado mediante coproducción por varias empresas, sólo podrá resultar beneficiaria de la ayuda aquella que ejecute el gasto y tenga el porcentaje mayoritario de la misma. En el caso de que el porcentaje fuese el mismo en dos o más empresas, solo se admitirá una solicitud por proyecto.
La línea apoya a proyectos audiovisuales para su desarrollo como largometrajes o series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.
El importe total de la convocatoria es de un millón de euros, lo que supone una reducción de 600.000 euros respecto a 2025. Se adjudicarán las ayudas a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60 puntos en aplicación de los criterios establecidos en la convocatoria.
La cuantía individual de la ayuda por proyecto se determinará en función del presupuesto presentado, no siendo inferior a 15.000 euros ni superior a 50.000 euros por proyecto. En ningún caso podrán adjudicarse ayudas por un importe superior al crédito total previsto para la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del día 29 de abril y el período subvencionable va desde el 3 de noviembre de 2025 hasta el 2 de noviembre de 2026. E plazo de justificación, hasta el 10 de noviembre del año 2026.



