Se convocan las ayudas a la producción de cortometrajes de la Comunidad de Madrid, dotadas de 300.000 euros para dos años

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 8 de marzo incluye el Extracto de la Orden 258/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2022.

Para ser beneficiario de las ayudas hay que tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito audiovisual y residencia fiscal
en la Comunidad de Madrid. No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones
de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid

Las ayudas, que se convocan por segunda ocasión, están destinadas a la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2022, de ficción, animación o documentales, cuyo objetivo último sea su difusión pública. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta. Más información en las bases reguladoras.

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La convocatoria es de carácter plurianual y asciende a un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros al año 2022 y 150.000 euros al año 2023. El importe máximo que se podrá otorgar por modalidades y proyecto es el siguiente:

a) Cortometraje de ficción: 20.000 euros.

b) Cortometraje de animación: 25.000 euros.

c) Cortometraje documental: 15.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 1 de octubre de 2023. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de abril de 2021 y 30 de septiembre de 2023 para los de animación y documentales.

Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos, entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2023.

El año pasado se concedieron un total 24 ayudas y el 30,37 por ciento fue destinado a cortometrajes de animación, mientras que no hubo ningún cortometraje documental entre los beneficiarios.

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