Se presentan los listados provisionales y se abren los plazos de alegaciones de las ayudas a la distribución y a la organización de festivales

Se ha publicado la lista provisional de admitidos y excluidos de las ayudas a la distribución de largometrajes 2021. Solo se han excluido nueve solicitudes de las más de cien presentadas en la convocatoria de este año.

El plazo para la presentación de alegaciones y subsanación de los motivos de exclusión de estas nueve solicitudes finaliza el 3 de agosto de 2021. La documentación requerida deberá presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.

dinero presupuesto

Transcurrido el plazo sin que se hayan subsanado los requerimientos, se tendrá por no presentada la subsanación. La subsanación se puede presentar a través de este enlace y seleccionar «Nueva solicitud».

- Publicidad -

Para optar a la ayuda, las obras deben haber sido calificadas en España durante 2019 y 2020, con estreno comercial en España en el último trimestre de 2019 o durante 2020, siempre que el plan de distribución de la película en España haya sido realizado esencialmente en las referidas fechas y que cumplan determinados requisitos.

Las ayudas están disponibles para distribuidoras independientes y dotadas de cuatro millones de euros. La cuantía individual de cada ayuda no podrá superar el 50 por ciento de los siguientes costes de distribución de la película: tiraje de copias, subtitulado, doblaje, publicidad, promoción y medidas contra la piratería, de accesibilidad y de sostenibilidadhasta un máximo de 150.000 euros por película y 800.000 euros por empresa.

Igualmente, ya está disponible el listado  provisional de admitidos y excluidos de las ayudas a la organización de festivales 2021. En el caso de los festivales, solo se quedan de momento fuera dos solicitudes de ayudas de las más de un centenar presentadas.

Plazo para la presentación de alegaciones y subsanación de los motivos de exclusión se inició igualmente el 26 de julio y finaliza el 3 de agosto de 202. La documentación requerida deberá presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.

Transcurrido el plazo sin que se hayan subsanado los requerimientos, se tendrá por no presentada la subsanación. La subsanación se realiza a través de este enlace donde se debe seleccionar «Nueva solicitud» (Otras solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas al Instituto de la Cinematografía y Artes Audiovisuales).

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 933.000 euros, 44.000 euros más que en 2020, lo que significa casi un cinco por ciento más. La cuantía individual no podrá superar el 50 por ciento de los gastos subvencionables.

-Publicidad-