Se publica en el BOE el convenio sobre el Portal Educativo de Cine Español para la difusión de la educación, la lengua y cultura españolas en el exterior

El Boletín Oficial del Estado del 26 de diciembre incluye la Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, para la colaboración en materia de difusión de la educación, la lengua y cultura españolas en el exterior y el diseño y dotación de contenidos de un portal educativo de cine español.

A principios de diciembre se presentaba en la Academia la puesta en marcha del Portal Educativo del Cine Español para promocionar la lengua y cultura española en el exterior. Ahora, 20 días después, el convenio entre las entidades participantes se publica en el BOE y el acuerdo echa a andar definitivamente con la dotación presupuestaria prevista.

El convenio tiene como finalidad establecer un marco de colaboración estable entre las partes firmantes para promocionar la educación, la lengua y cultura españolas en el exterior, la formación en valores, así como la alfabetización audiovisual, a través de la colaboración en la promoción en el exterior. En consecuencia, las partes, en el ámbito de sus competencias y fines, implementarán un programa denominado «Educación para el cine, Cine para la educación», que, a través de la acción conjunta se oriente a la promoción y difusión de la educación, la lengua y cultura españolas y del cine español, además de favorecer la educación audiovisual.

A fin de dotarse de una herramienta específica, las partes pondrán en común los recursos propios ya disponibles y asignarán los medios adicionales para la configuración y dotación de contenidos de un Portal especifico, el Portal Educativo del Cine Español, para ser usado con fines pedagógicos en los programas y centros educativos que conforman la acción educativa exterior del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades asume los compromisos de estimular el empleo de películas españolas a través del Portal Educativo del Cine Español, en los programas, actividades y centros educativos en el exterior a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio en el ejercicio de sus competencias de promoción de la enseñanza, de la lengua y cultura españolas en el exterior; Apoyar en su acción exterior la promoción y difusión del cine español, en el ámbito de sus competencias, a través del diseño de sus Planes Operativos de Actuación y las actividades que se desarrollen en la red educativa en el exterior; Promover el acceso a las películas españolas y los contenidos pedagógicos del Portal Educativo del Cine Español, dentro del ámbito de aplicación de este convenio; Financiar la adecuación de los recursos disponibles y la dotación de contenidos del Portal Educativo del Cine Español; Adquirir la cesión de los derechos de uso de los contenidos audiovisuales recogidos en el Portal y participar en el Comité de Expertos.

Por su parte, el ICAA promoverá la difusión del Portal Educativo del cine español realizará su seguimiento y supervisará su mantenimiento, apoyará, en el ámbito de sus competencias, la difusión y promoción de la educación audiovisual, así como los Planes Operativos de Actuación implementados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa en lo que se refiere al programa «Educación para el cine, Cine para la educación» y participar también en el Comité de Expertos.

Por último, la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España asume apoyar la difusión de la educación, la lengua y cultura españolas, dentro del marco definido por sus fines propios, así como los Planes Operativos de Actuación implementados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, a través de sus actividades de promoción internacional en lo que se refiere al programa «Educación para el cine, Cine para la educación». Además, pondrá a disposición de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades el Portal Educativo del Cine español con las especificaciones contempladas en el presente Convenio.

Otras responsabilidades de la Academia serán: Abonar, previa realización de las gestiones necesarias, a los autores o titulares los derechos de las películas incluidas en el Portal Educativo del Cine Español la remuneración por la cesión de su uso en nombre de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa y asumir toda responsabilidad frente a terceros propietarios de derechos o titulares de los mismos, o a quienes gestionen los citados derechos de propiedad intelectual por cuenta y en interés de dichos titulares; Realizar la preselección de las películas que se van a incluir en el Portal, conforme a la cláusula cuarta; Facilitar las fichas cinematográficas de las películas seleccionadas; Desarrollar y dotar de contenidos pedagógicos al Portal Educativo del Cine Español conforme a lo estipulado en la cláusula cuarta; Participar en el Comité de Expertos y apoyar la promoción del Portal en el desarrollo de sus actividades promocionales en el exterior.

Las partes firmantes se comprometen a establecer mecanismos de colaboración y coordinación de sus actividades de promoción internacional en relación con el programa «Educación para el cine, Cine para la educación». La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España realizará la selección previa de las películas más representativas de la historia del cine español, incluyendo las más recientes, siempre que sirvan a los fines establecidos en el presente convenio. Esta preselección se efectuará atendiendo a diferentes criterios, tales como fecha de estreno, temática, clasificación, contenidos adecuados para el segmento de público final al que va dirigido, etc., procurando que el repertorio sea variado y esté compensado en sus contenidos conforme a los criterios señalados. Una vez realizada la preselección corresponderá al Comité de Expertos la determinación final de los largometrajes que se vayan a incluir en el Portal. El número de largometrajes finalmente contenidos en el Portal no podrá ser inferior a  100.

Determinadas las películas seleccionadas se elaborará una ficha didáctica para una selección de 50 películas que permita, entre otros aspectos, trabajar y desarrollar la competencia lingüística y cultural de cada uno de los segmentos del público objetivo al que pueda ir orientado el largometraje. Para la elaboración de las fichas se tendrá en cuenta el tipo de programa o centro y/o fines en los que tenga encaje en la acción educativa exterior, pudiendo incluir tanto una orientación a su uso como recurso pedagógico propiamente dicho, o bien como material de apoyo a otras actividades de promoción de la lengua y la cultura, tales como festivales, coloquios, conferencias, etc.
Corresponderá también al Comité de Expertos la determinación de las películas sobre las que se confeccionen las fichas didácticas, el calendario para su elaboración, dentro del periodo de aplicación del convenio y la validación de las mismas.

Para cada una de las películas seleccionadas por el Comité de Expertos se aportará una ficha filmográfica en la que además de la información relevante de la película, se recoja clasificación y segmento al que va destinado, contexto histórico en la que produce o que refleja y otros tales como biografía del director, actores y resto de miembros de la producción, entrevistas o comentarios de los mismos, etc., en soporte tanto escrito, como audiovisual o digital.

El Portal Educativo podrá incluir un espacio colaborativo en el que la comunidad de usuarios pueda poner en común opiniones, experiencias, comentarios sobre el uso de los materiales, etc. a través de foros generales o foros específicos creados para cada una de las películas. Igualmente podrá incluir otro material de apoyo que permita encaminar su uso para la divulgación de la lengua y cultura españolas tales como cuestiones de actualidad, novedades, premios, revistas periódicas, biografías, entrevistas, documentales sobre el cine español, etc. en soporte tanto escrito, como audiovisual o digital.

La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España será la responsable del rediseño de sus recursos disponibles a fin de que el Portal educativo se adecue a los siguientes aspectos: Diseño amigable e interfaz de fácil uso. El portal deberá contar con una estructura de menú desplegable, simple y dinámica que presentará de modo intuitivo los servicios que se ofrecen al usuario. Entre estos servicios se deberán incluir las siguientes opciones: «¿Qué es?», «Funcionamiento», «Novedades», «Catálogo», «Guías y pautas docentes», «Foros de debate», «Ayuda y FAQs», «Glosario».

El portal presentará en la opción de entrada al catálogo una lista de las últimas novedades y largometrajes introducidos en la plataforma. Esta lista podrá ser dinámica si el usuario está registrado y por tanto mostrará títulos relativos a sus preferencias. Entre la información que se facilitará por cada título estará la sinopsis, la clasificación por edades y su catalogación temática. Desde esta opción se permitirá la navegación a la descripción completa del elemento seleccionado. Se precisará que los datos de los largometrajes se encuentren organizados por fecha de estreno, temática, clasificación, contenidos adecuados para el segmento de público final al que va dirigido, etc. e indexados por los principales campos para facilitar la búsqueda. Igual criterio se usará para el resto de los contenidos establecidos.

El mecanismo de búsqueda presentará dos modos básicos de acceso. Un modo rápido que permitirá acceso al catálogo por título/director, y un modo de búsqueda avanzado donde el usuario podrá filtrar por todos los campos de información que se almacenan del documento gráfico. Como requisito que se debe tener en cuenta en todas las búsquedas es que el resultado que se presente no solo se ciña al texto exacto introducido en los campos de búsqueda sino que muestre también cualquier otro resultado que se aproxime al texto introducido.

El acceso y difusión del Portal y la adquisición de la cesión de uso se realizará para los siguientes centros y ámbitos:
– Centros docentes de titularidad pública del Estado español en el exterior.
– Secciones Españolas en centros de otros Estados o de organismos internacionales.
– Centros docentes de titularidad mixta, con participación del Estado español.
– Agrupaciones de Lengua y Cultura Española.
– Escuelas Europeas.
– Secciones bilingües.
– International Spanish Academies (ISAS).
– Actividades de promoción exterior educativa realizadas por las Consejerías de Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
– Actividades formativas desarrolladas por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, a través de la Subdirección General de Cooperación Internacional y Promoción Exterior Educativa y sus unidades dependientes, tanto en territorio nacional como internacional.
– Cualesquiera otras actuaciones que puedan desarrollarse en el exterior, a través de los programas implementados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa.
Sexta. Mantenimiento del Portal Educativo del Cine Español.
La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España garantizará, bajo la supervisión del ICAA, el mantenimiento y actualización de los contenidos del Portal previstos en la cláusula cuarta, durante, al menos, el tiempo de vigencia de este convenio.

La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa procederá a aportar la cantidad de doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros), a la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, a fin de financiar la adquisición de la cesión de los derechos de autor de los contenidos audiovisuales por el periodo de vigencia del presente convenio.

El ICAA se compromete a promover la difusión del Portal Educativo del cine español y supervisar su mantenimiento y actualización. Asimismo, coordinará, en el ámbito de sus competencias, la difusión y promoción de la educación audiovisual.

La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas del Cine Español pondrán a disposición sus recursos y realizará las adecuaciones necesarias en los mismos, a efectos de que tengan encaje en los fines previstos en el Convenio. A este fin, utilizará las bases documentales digitales de las que disponga o cualesquiera otro materiales, tales como entrevistas, cortos o materiales de apoyo que considere conveniente, realizando la selección y la clasificación de las películas y contenidos adicionales conforme a los criterios establecidos en la cláusula cuarta y proporcionará las fichas filmográficas con las especificaciones contenidas en la citada cláusula. Asimismo, contribuirá a la actualización de los contenidos y el mantenimiento del Portal durante el periodo de vigencia del convenio. Por último, asume la realización de las gestiones y trámites necesarios para la adquisición de los derechos de autor.
Las partes firmantes, así mismo, contribuirán al desarrollo de las actividades de promoción previstas en el presente Convenio en relación con el Programa «Educación para el Cine, Cine para la Educación».

Si a lo largo de la vigencia del convenio alguna de las partes detectara una necesidad de financiación adicional consecuencia bien de los requerimientos de gestión del foro de participación o bien de la actualización de contenidos adicionales, esa parte lo someterá a la Comisión de seguimiento a la que corresponderá confirmar la existencia de esa necesidad y proponer, en su caso, la vía admisible en derecho para la obtención de dichos recursos adicionales.

La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España procederá a adquirir la cesión de los derechos de uso de los contenidos audiovisuales del Portal en nombre de la Dirección General de Planificación Gestión Educativa durante el periodo de vigencia del presente convenio, cuatro años.

El uso del Portal Educativo del Cine Español por terceros queda supeditado a la aprobación del mismo por la Comisión de Seguimiento y en los términos y condiciones que ésta determine durante el periodo de vigencia del convenio.

Se constituye un Comité de Expertos que estará integrado por dos representantes de cada una de las partes firmantes, siendo presidido y correspondiendo la secretaría a los vocales designados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa.

RESOLUCIÓN COMPLETA

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