Se publica la lista de solicitudes admitidas para las ayudas selectivas del ICAA del año 2021

Con fecha 17 de junio se ha publicado la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por la que se notifican las solicitudes admitidas y excluidas de la convocatoria de Ayudas Selectivas para la Producción de Largometrajes sobre Proyecto correspondientes al año 2021.

Se declara por tanto finalizado el plazo para la subsanación de solicitudes a la convocatoria para el año 2021 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto. Se han admitido finalmente un total de 299 solicitudes, mientras que han sido excluidas 20.

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La resolución, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en la página web del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación.

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En el caso de no impugnarla directamente, la resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de su notificación expresa.

Dichas ayudas estarán limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías: Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social; Que sean de carácter documental; Que incorporen nuevos realizadores y Que sean de carácter experimental.

El importe total de la convocatoria de las Ayudas Selectivas para la Producción de Largometrajes sobre Proyecto correspondientes al año 2021 asciende a la cantidad de 12.000.000 de euros, 100.000 euros más que en 2020, lo que supone un incremento del 0,8 por ciento.

El importe máximo de cada ayuda que se conceda será de 800.000 euros por proyecto beneficiario, o de 300.000 euros para las coproducciones con empresas extranjeras en las que la participación española sea minoritaria.

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española. Los proyectos deberán incluir, como medidas de accesibilidad universal, el subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica aplicable. Al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje deben realizarse en España o revertir en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España.

RESOLUCIÓN COMPLETA

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