Abierta la convocatoria de las ayudas a desarrollo de proyectos de la Comunidad de Madrid que subvencionarán 16 largos y 13 series

El Boletín Oficial del Estado de la Comunidad de Madrid del viernes 14 de agosto incluye el anuncio del extracto de la Orden 602/2020, de 31 de julio, de la Consejería de
Cultura y Turismo, por la se convocan ayudas a empresas audiovisuales para el
desarrollo de proyectos de audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2020.

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Las ayudas tendrán como objeto el apoyo a proyectos audiovisuales para su desarrollo como largometrajes o series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.

dinero

El importe máximo de la convocatoria asciende a 750.000 euros. Se adjudicarán las ayudas a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60 puntos, en aplicación de los criterios previstos en el artículo séptimo, por los importes que se desglosan a continuación:

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— Largometraje de animación: 50.000 euros por ayuda para financiar dos proyectos.
— Largometraje de ficción o documental: 25.000 euros por ayuda para financiar 14 proyectos.
— Series de animación: 40.000 euros por ayuda para financiar dos proyectos.
— Series de ficción y documental: 20.000 euros por ayuda para financiar 11 proyectos.

En el caso de que, de la valoración de las solicitudes presentadas en alguna de las modalidades, no fuera posible adjudicar la totalidad de los proyectos previstos, se podrá incrementar el número de proyectos en otra modalidad, sin que en ningún caso se puedan adjudicar ayudas por un importe superior al previsto para la totalidad de la convocatoria, 750.000 euros.

Tendrán la consideración de beneficiarios los titulares de empresas de producción independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual, con forma de empresario individual, sociedad mercantil o civil, sociedad cooperativa laboral o las agrupaciones de interés económico.

La finalidad de las ayudas será financiar los gastos para llevar a cabo las actividades
necesarias para realizar la obra audiovisual, con carácter previo a su rodaje o producción. A tal fin, se entenderán incluidas: la escritura y la mejora del guion, la búsqueda de localizaciones, el diseño visual, la selección del reparto, las gestiones para la obtención de recursos económicos, los planes iniciales de venta y distribución, los asesoramientos de terceros en relación con aspectos tecnológicos del proyecto, la adquisición de derechos y la investigación en archivos —en los casos en que fuera necesario—, la elaboración de pilotos de animación, la realización del presupuesto y cualquier otra que tenga que ver con el desarrollo del proyecto audiovisual, de acuerdo con sus características específicas.

Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto, que fue el 14 de agosto. Se considerará período subvencionable desde el 1 de diciembre de 2019 hasta el 30 de noviembre de 2020. Plazo máximo de justificación y presentación de la documentación acreditativa de la misma, hasta el 4 de diciembre de 2020.

EXTRACTO

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