Competencia multa a Telefónica con 1,5 millones de euros por incumplir una de las condiciones de su fusión con DTS

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 1,5 millones de euros a Telefónica de España por incumplir uno de los compromisos establecidos durante la compra del 56 por ciento de DTS (antes Sogecable), hasta entonces en manos de Prisa.

En concreto, se trata del anexo 1, apartado 1.1.a) de la resolución del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de 22 de abril de 2015 recaída en el expediente C/0612/14 TELEFÓNICA/DTS.

Según recuerda Competencia, «en 2015, CNMC autorizó la operación de concentración de Telefónica y DTS, condicionada a que Telefónica cumpliera una serie de compromisos en el mercado de la televisión de pago. Entre otros, poner a disposición de sus rivales una oferta anual (mayorista) de contenidos con canales premium. Además, se fijó la replicabilidad de los productos con estos canales y el acceso no discriminatorio de sus clientes de Internet a contenidos de televisión de pago de operadores OTT.»

Ahora, Competencia acredita que «Telefónica asignó incorrectamente sus costes fijos del canal “Movistar Partidazo”, integrado es su oferta mayorista de canales Premium, en la temporada 2016/2017.» Y añade: «Telefónica tomó en consideración un número de abonados propios inferior al que debería haberle correspondido para el reparto inicial del coste mínimo garantizado del canal “Movistar Partidazo” realizado en julio de 2016.»

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La consecuencia es que el resto de los operadores interesados en contratar el canal “Partidazo” (Vodafone, Orange y Telecable) afrontaron mayores costes, mientras que para Telefónica se produjo una reducción de estos, con la consiguiente discriminación a su favor.

Además de la multa millonaria, Competencia insta a la Dirección de Competencia a que vigile el cumplimiento de esta resolución y prosiga la vigilancia del expediente.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.

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