‘Crónicas Carnívoras’ podría costarle una multa a Mediaset España

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido incoar un expediente sancionador a Mediaset al no haber atendido al requerimiento de esta Comisión y haber emitido varios capítulos del programa ‘Crónicas carnívoras’ en Energy con una calificación de edad inadecuada. En concreto, lo emitió como “no recomendado para menores de 7 años (NR 7)”, pese a su contenido.

cronicas carnivoras hEl expediente se refiere a la emisión de 373 capítulos del programa entre los días 26 de mayo de 2014 (fecha de aplicación del requerimiento) y el 18 de diciembre de 2014, en Energy, de lunes a viernes.

En mayo del año pasado, la CNMC requirió a Mediaset para que adoptase las medidas oportunas para una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa ‘Crónicas Carnívoras’ y asegurase que su emisión se adecuara a las franjas de protección reforzada. En estos programas, por ejemplo, “en las escenas, en las cuales a veces aparecen menores, se produce la presentación del consumo de comida de tal manera que puede ser perjudicial para la salud, por ser susceptible de crear conductas imitativas o por incitar a pautas de comportamiento no adecuadas para adolescentes. Y ello tanto por la forma y estética de la presentación, como por la cantidad de comida con un alto nivel de calorías que se ingiere en cada programa”.

Asimismo, Mediaset, a través de UTECA, firmó en septiembre de 2009 un acuerdo de colaboración para reforzar la aplicación del denominado “Código PAOS”, sobre publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores, prevención de la obesidad y salud, cuyo objetivo es disminuir la prevalencia de obesidad y sobrepeso y sus consecuencias, tanto en el ámbito de la salud pública como en sus repercusiones sociales.

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En este sentido, si bien el programa ‘Crónicas carnívoras’ no constituye un ejemplo de comunicación comercial, sus efectos son equivalentes por su incitación a adoptar ciertas pautas de actitud o comportamiento entre los telespectadores.

En el requerimiento se advertía al operador de que su incumplimiento podría dar lugar a la apertura de procedimiento sancionador por infracción del artículo 58 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) y a la imposición de la multa prevista en el artículo 60 de la misma Ley.

Este supuesto incumplimiento está tipificado como infracción administrativa de carácter grave y podría suponer la imposición de una multa de 100.001 euros hasta 500.000 euros. Mediaset dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.

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