El adelanto electoral paraliza la Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual

El Boletín Oficial del Estado del 30 de mayo incluye el Real Decreto 400/2023, del día 29 de mayo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció por la mañana el 29 de mayo la convocatoria anticipada de elecciones generales para el próximo 23 de julio. Ya por la tarde se celebró un Consejo de Ministros extraordinario para refrendar esta decisión que trae tras de sí la paralización de más de 60 leyes que estaban en tramitación.

sede cultura

Una de las más avanzadas, a la espera de pasar por el Senado, era la Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual, cuya tramitación parlamentaria se realizaba además por  procedimiento de urgencia.

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Esta norma crucial para el sector pretendía impulsar y fomentar la producción, distribución y exhibición de obras audiovisuales; además de establecer tanto condiciones que favorezcan su creación y promoción, como medidas para la protección y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual español. Pues bien, ahora todo esto queda en el limbo hasta que el nuevo Gobierno que salga de las elecciones del 23 de julio decida reactivarlo o no y que la norma se convierta en papel mojado.

El último Consejo de Ministros del año 2022 aprobó definitivamente el texto de la nueva Ley del Cine y la Cultura Audiovisual que había contado con las opiniones de una buena parte de la industria. Según el ejecutivo, el principal de los objetivos de la nueva norma  era fortalecer toda la cadena de valor del tejido creativo e industrial, con especial atención a los sectores independientes por constituir elementos esenciales de la diversidad cultural. Asimismo, trataba de dar respaldo a los autores y autoras, y al pleno ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. También pretendía impulsar mecanismos que mejoren la competitividad de las empresas y profesionales en el entorno internacional.

La norma tenía, además, la intención de garantizar la defensa de la competencia en el mercado audiovisual, la transparencia de la información sobre asistencia y visionados de las obras audiovisuales, así como el adecuado ejercicio de los derechos de propiedad intelectual por parte de sus titulares. Y abordaba la protección del patrimonio cinematográfico y audiovisual de una manera más amplia y acorde con la Recomendación de la Comisión de 27 de octubre de 2011, sobre la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la preservación digital.

Para ello, la normativa se adaptaba a las transformaciones que ha experimentado el sector desde que entró en vigor la Ley actual en 2007, alineándose con la normativa europea en la materia. En este periodo, se han incorporado nuevos contenidos y servicios de distribución, explotación y difusión, propios de un mercado global y de una sociedad caracterizada por la cultura y la economía digital.

En el título de la ley se incorporaba el concepto de ‘cultura audiovisual’ junto al de ‘cine’, al entender que la actividad cinematográfica y la actividad audiovisual constituyen una unidad que integra las especificidades de los distintos medios de explotación y difusión de las obras audiovisuales. Por lo tanto, se deja constancia, ya en el título, de la intención de ampliar el campo de acción normativa al audiovisual en su conjunto, sin perjuicio de que la actividad cinematográfica continúe manteniendo un especial nivel de atención y protección.

Con el fin de garantizar la sostenibilidad y adecuación del sector de la cinematografía y la cultura audiovisual a las transformaciones de la actualidad, el Consejo de Ministros estimaba necesaria la aprobación y entrada en vigor con la mayor celeridad posible, cosa que ahora no se va a producir.

El proyecto mantenía la definición de productora independiente reclamada por el sector, al contrario de la Ley General de Comunicación Audiovisual que se ha aprobado en esta legislatura. La definición aplicaba a las medidas de fomento del audiovisual que recoge el texto, que asimismo hacía hincapié en que la dotación de las convocatorias de ayudas se destinará mayoritariamente a productoras independientes, y no a las obligaciones recogidas en la Ley de Comunicación Audiovisual.

El 26 de mayo el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual. El Partido Socialista se quedó muy solo, apenas contó con el apoyo del PNV, ni tan siquiera sus socios de Gobierno de Podemos dieron el sí, y la normativa salió adelante por la abstención del Partido Popular. La Ley logró 130 votos a favor, 83 noes y se abstuvieron 131 diputados, entre ellos los más de 30 de la formación de izquierdas que lidera Ione Belarra. Y es que la Ley General de Comunicación Audiovisual votada el 26 de mayo de 2022 en el Congreso no es la que salió del Congreso de Ministros, puesto que unos días antes de su refrendo en sesión plenaria, el PSOE introdujo de manera unilateral una modificación en el artículo 110.1, que básicamente convertía en «productores independientes» a televisiones y plataformas, de ahí la importancia ahora de la «rectificación» indirecta que acometía la nueva Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual, aunque ambas definiciones convivirían en las dos normas.

De forma general, el nuevo proyecto de la Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual subrayaba la necesidad de ayudas públicas capaces de impulsar todos los aspectos del audiovisual. Se consideraba necesario apoyar todas las fases de creación y promoción de un proyecto (escritura, desarrollo, pre-producción, distribución…), así como apoyar también la exhibición; la internacionalización; la organización de festivales, premios, mercados y eventos profesionales; los proyectos de investigación, alfabetización cinematográfica y audiovisual y creación de audiencias; las actividades de formación; los nuevos formatos, nuevas tecnologías y actividades de I+D+i; o la conservación del patrimonio.

También como novedad, el proyecto consideraba que el Fondo de Protección a la Cinematografía y al Audiovisual reservará siempre un porcentaje significativo de su dotación exclusivo para la actividad cinematográfica, aunque incluya otras formas audiovisuales, como series.

El fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas oficiales distintas del castellano se ampliaba a las lenguas reconocidas estatutariamente por las CC.AA. Para el reconocimiento de la nacionalidad española se incluían no solo las lenguas oficiales, sino también por primera vez, estas lenguas, así como las lenguas de signos españolas reconocidas legalmente. Se incluía, adicionalmente, como requisito para obtener la nacionalidad, el respeto a la jurisdicción y a la legislación española en materia de propiedad intelectual.

En lo referente al apoyo a las salas de cine, todas las salas cinematográficas podían acceder a las ayudas a la exhibición, aunque se mantenía la especial atención a las salas independientes o de núcleos rurales.

El proyecto de Ley prestaba especial atención a la igualdad real entre hombres y mujeres, a través de reservas específicas en las dotaciones de las distintas líneas de ayudas. Por ejemplo, la reservaba del 35 por ciento de la dotación de ayudas a producción reservada a mujeres a través de las órdenes de ayudas, pasa ahora a ser una obligación recogida en la Ley que deberán cumplir todas las ayudas a producción. Adicionalmente, se incluye que el ICAA a través de la Filmoteca Española, adoptará iniciativas destinadas a visibilizar la producción y el papel de las mujeres en el patrimonio cinematográfico y audiovisual español.

También se mantenía la cuota de pantalla (el porcentaje que los exhibidores han de reservar a cine nacional y europeo): pasaba de un 25 a un 20 por ciento, e incluye cine latinoamericano y cine dirigido por mujeres. Una medida que los exhibidores solicitaban eliminar por su escasa efectividad y anacronismo.

La Ley protegía también especialmente los colectivos con dificultades de acceso por discapacidad. Sería requisito para acceder a las ayudas de largometrajes y distribución la incorporación de sistemas de accesibilidad.

Miquel Iceta, ministro de Cultura y Deporte

Asimismo, en favor de la cooperación público-privada, se recogía la creación del Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura audiovisual, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley. Se trataba de una herramienta para el diálogo, la comunicación y la cooperación en el ámbito de la cinematografía y la cultura audiovisual. Compuesto por representantes de asociaciones y organizaciones de los sectores, de la administración estatal, autonómica y local, y vocales de reconocido prestigio, abordaría cuestiones de políticas públicas, alfabetización audiovisual o patrimonio, entre otras. Entre sus funciones, se añadía en este proyecto de Ley las de impulsar mecanismos de conciliación, mediación y arbitraje para la propuesta de acuerdos y solución de controversias, entre otras.

Como novedad, se establecía la obligación específica del ICAA de elaborar y publicar periódicamente un plan estratégico para la cinematografía y la cultura audiovisual, así como informes anuales sobre las medidas impulsadas y sus resultados y las estadísticas y estudios sobre la actividad del sector que se estimen necesarios y de interés para la ciudadanía.

Por otro lado, se incluía la declaración por parte de las prestadoras del servicio de comunicación audiovisual (plataformas) de los datos de visionado de obras audiovisuales, al igual que hacen las salas de exhibición.

PROYECTO DE LEY DEL CINE Y DE LA CULTURA AUDIOVISUAL

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