El arbitraje y la industria audiovisual

Por Pilar Sánchez-Bleda, Socia Directora LEGAL & MEDIA ADVISERS, y Helena Suárez Jaqueti, Abogada SUÁREZ DE LA DEHESA ABOGADOS

Tribuna publicada en Cinco Días el pasado 14 de diciembre de 2012.

Vivimos tiempos complejos. El desarrollo de la sociedad en un entorno cada vez más adverso está generando múltiples conflictos entre los individuos que la componen. Esta rueda diabólica desemboca en una judicialización creciente de las disputas, lo cual impide dotar de agilidad a nuestros tribunales.

LegalDe esta forma, esa avalancha judicial resta la eficacia que toda actividad jurisdiccional debería predicar, siendo las partes involucradas y la propia sociedad los grandes perjudicados. Así pues, con el ánimo de descargar el colapsado sistema judicial, deberían valorarse otras alternativas viables y rápidas de solución de conflictos, sobre todo en la resolución de controversias cuya naturaleza es muy específica y se requiere de conocimientos extremadamente particulares y donde en múltiples ocasiones se ven involucrados agentes de diferentes nacionalidades, como es el caso del sector audiovisual.

Por ello, en este sector, absolutamente cambiante a golpe de tecnologías cada vez más innovadoras, que requiere de soluciones rápidas y eficientes de los conflictos, el arbitraje se configura como una opción ágil y dinámica. El individuo juega cada vez más un papel preponderante en la demanda de soluciones inmediatas, algo que el sistema judicial es incapaz de ofrecer.

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Pilar Sanchez Bleda
Pilar Sánchez-Bleda. Socia Directora LEGAL & MEDIA ADVISERS

Pero no solo la inmediatez o celeridad procesal es la gran baza del arbitraje. Hay más. Son las propias partes del procedimiento quienes ostentan la facultad de decidir a qué corte arbitral se someten, ante quién depositan su confianza. Además, la decisión arbitral (laudo) tiene la calidad de cosa juzgada (res judicata), no permitiéndose la revisión sobre el fondo o la posibilidad de recurrir la misma, abocándose al cumplimiento cierto de lo dictaminado en la sede arbitral.

De este modo, sopesando las ventajas del sistema arbitral en el camaleónico sector audiovisual que trasciende nuestras fronteras, surgió la Corte de Arbitraje de Ibermedia con el fin de dar respuesta a los potenciales conflictos surgidos en la construcción de un espacio audiovisual iberoamericano, objetivo del programa de desarrollo Ibermedia aprobado en 1995 y del cual España es uno de los países firmantes. La especialidad de esta corte de arbitraje sin duda alguna es la calidad de los árbitros que juzgarán los asuntos que se sometan a su conocimiento. En virtud de su reglamento, compete a las partes decidir el número de árbitros que compondrán el tribunal arbitral, que debe ser siempre impar y no exceder de tres.

La designación de los árbitros, sin embargo, es competencia de la propia corte, quien los selecciona, atendiendo a su especialización, de entre los profesionales aprobados por la propia corte para ejercer como árbitros; es precisamente esta atribución de competencia lo que distingue a la Corte de Arbitraje de Ibermedia de otras cortes especializadas en la materia. Los árbitros de la Corte de Arbitraje de Ibermedia son abogados con experiencia acreditada en la práctica del Derecho Audiovisual y de Propiedad Intelectual. Si bien la admisión en el listado se realiza a solicitud del interesado, esta debe contar con el visto bueno y aprobación de la corte, que se cerciora de que el candidato cuenta con la experiencia práctica y conocimiento especializado necesario. Este filtro que ejerce la corte redunda sin duda alguna en el beneficio de las partes, que ven sometidas sus diferencias a un juez experto en la materia, que conoce a la perfección el funcionamiento de su industria, es capaz de entender los detalles del caso que se le presenta y es un excelente jurista.

Helena Suarez
Helena Suárez Jaqueti. Abogada SUÁREZ DE LA DEHESA ABOGADOS

La designación de los árbitros por la propia corte y no por las partes refuerza la imparcialidad de la decisión, pues, como ha sido señalado en muchos foros, el mayor riesgo que se corre en el arbitraje tiene que ver con la neutralidad de los árbitros designados por las partes.

Recientemente, la Corte de Arbitraje de Ibermedia ha renovado su nuevo reglamento, que regula de manera sistemática y clarificadora todas las cuestiones que tienen que ver con el procedimiento arbitral, aportando seguridad jurídica a las partes. Además, adelantándose a los nuevos tiempos y en una apuesta clara por los medios alternativos de resolución de conflictos, el programa Ibermedia ha creado la figura del mediador Ibermedia y ha establecido las reglas para llevar a cabo un procedimiento de mediación bajo su supervisión, que se recogen en el Reglamento de Mediación de la Corte de Arbitraje y Mediación Ibermedia.

Así pues, alternativas eficaces, factibles y dotadas de seguridad jurídica existen. Solo es necesario conocer su existencia y alcance para poder elegir adecuadamente, ya que, como dijo Sófocles, «las decisiones rápidas son decisiones inseguras».

 

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