Nueva multa a Mediaset España por superar el límite de publicidad

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha abierto un expediente para sancionar a Mediaset por haber superado en sus canales Telecinco y Cuatro los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios y autopromoción, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Monedas-muchas«En concreto, el artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (“Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”)», comenta la institución en nota de prensa.

Por su parte, el artículo 13.2 que regula el tiempo de emisión dedicado a anuncios de autopromoción estipula que: “el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj”.

Las infracciones –de carácter leve– detectadas en Telecinco y Cuatro tuvieron lugar en los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2015.

- Publicidad -

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte dela CNMC. Mediaset dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.

-Publicidad-

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.