Se acuerda la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de las ayudas generales a la producción de largometrajes

El Boletín Oficial del Estado del 9 de septiembre incluye la Resolución de 2 de septiembre de 2019, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de las ayudas generales a la producción de largometrajes sobre proyecto, convocadas mediante Resolución de 24 de julio de 2019.

El artículo 33.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, lo que implica que se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

El apartado 2 del mismo artículo, precisa que no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. La tramitación de urgencia en relación al procedimiento de concesión de las ayudas generales a la producción de largometrajes sobre proyecto viene motivada por la necesidad de ejecutar dichas ayudas dentro del ejercicio presupuestario corriente y la dificultad que ello supone teniendo en consideración que las fechas en las que se ha producido la aprobación de la convocatoria y su publicación.

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Se reducen por tanto a cinco días los plazos para la subsanación de las solicitudes y para presentar alegaciones a la propuesta de resolución provisional. Contra el presente Acuerdo no cabrá recurso alguno.

Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual, mediante un único procedimiento de selección. La dotación total de la convocatoria asciende a la cantidad de 35 millones de euros (prácticamente la misma cantidad que en 2018) y el importe máximo de la ayuda que se conceda no podrá ser superior a un millón de euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40 por cien del coste que en su día sea reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 31 de julio y concluye el día 12 de septiembre a las 14 horas, en horario peninsular. En 2018, la única convocatoria de ayudas generales vio la luz el 20 de septiembre y la resolución definitiva se publicó a mediados de diciembre.

RESOLUCIÓN COMPLETA

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