Se publica la Orden para que las entidades de gestión de derechos establezcan las tarifas de su repertorio

El Boletín Oficial del Estado del 4 de diciembre incluye la Orden ECD/2574/2015, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

dineroLa disposición final única del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, autoriza al Gobierno a dictar las normas para el desarrollo reglamentario de dicha ley.

Por su parte, el artículo 157.1.b) del citado texto legal, en su redacción dada por la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica dicho texto refundido y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, obliga, a las entidades de gestión de los derechos reconocidos en dicho texto refundido, a establecer tarifas generales, simples y claras que determinen la remuneración exigida por la utilización del repertorio gestionado por aquéllas, siendo necesario que el importe de dichas tarifas sea establecido en condiciones razonables, atendiendo al valor económico de la utilización de los derechos sobre la obra o prestación protegida en la actividad del usuario, y buscando el justo equilibrio entre ambas partes.

El mismo precepto establece que la metodología para la determinación de las tarifas generales se aprobará mediante orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

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La Disposición transitoria segunda de la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, establece asimismo la obligación, de las entidades de gestión, de aprobar nuevas tarifas generales, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que apruebe la metodología para la determinación de dichas tarifas.

ORDEN COMPLETA

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