El ICAA firma un convenio con las principales asociaciones de cortometrajes para la difusión exterior de la plataforma Aulacorto como herramienta educativa

El Boletín Oficial del Estado del 18 de diciembre incluye la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Asociación de la Industria del Cortometraje, la Plataforma de Nuevos Realizadores y la Coordinadora del Cortometraje Español, para la promoción y difusión en el exterior de la Plataforma Aulacorto.

El convenio tiene como finalidad establecer un marco de colaboración entre las Partes firmantes para promocionar la enseñanza de la lengua y cultura españolas en el exterior utilizando en los programas, actividades promocionales y centros educativos en la red en el exterior, aquellos cortometrajes incluidos en la Plataforma Aulacorto que por su contenido o su forma narrativa tengan utilidad pedagógica, así como sus correspondientes fichas pedagógicas, desarrollando una formación en valores y fomentando la educación audiovisual.

Asimismo, tiene como finalidad promover la difusión de la Plataforma Aulacorto en el exterior y ampliar el número de usuarios, autorizando y habilitando el acceso a dicha Plataforma para los centros educativos en el exterior.

La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, asume los siguientes compromisos: Estimular el empleo de los cortometrajes que por su contenido o su forma narrativa tengan utilidad pedagógica incluidos en la Plataforma Aulacorto, en los programas, actividades y centros educativos en el exterior a que se refiere la cláusula tercera de este Convenio en el ejercicio de sus competencias de promoción de la enseñanza de la lengua y cultura españolas en el exterior. Promover el acceso a los contenidos de la Plataforma Aulacorto para el máximo número de usuarios, dentro del ámbito de aplicación de este convenio. Adquirir la cesión de los derechos de uso de los contenidos audiovisuales en formato cortometraje contenidos en la plataforma Aulacorto, dentro del ámbito de aplicación de este convenio y para toda la vigencia del mismo. Designar a las personas que pueden acceder al contenido de la Plataforma Aulacorto y que pueden autorizar el acceso al personal de los centros y ámbitos descritos en la cláusula tercera.

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El ICAA asume los siguientes compromisos: Autorizar y habilitar a las personas designadas por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Garantizar el mantenimiento y actualización de los contenidos de la Plataforma Aulacorto, durante, al menos, el tiempo de vigencia de este convenio.

El AIC, PNR y la Coordinadora del Cortometraje Español asumen los siguientes compromisos: Abonar, previa realización de los trámites necesarios, a los autores o titulares de los derechos de los cortometrajes incluidos en la plataforma AULA CORTO la remuneración por la cesión de su uso en nombre de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Asumir toda responsabilidad frente a terceros propietarios de derechos o titulares de los mismos, o a quienes gestionen los citados derechos de propiedad intelectual por cuenta y en interés de dichos titulares, por el uso que la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa realice de los cortometrajes contenidos en la plataforma Aulacorto con las finalidades y ámbitos descritos en el presente convenio. Mantener y renovar los contenidos y herramientas de la Plataforma Aulacorto. Las partes se comprometen, asimismo, a dar la difusión que se considere apropiada, de común acuerdo, a la iniciativa desarrollada en el marco del presente Convenio.

En virtud de lo estipulado texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, dado el objeto del presente convenio y el carácter no lucrativo de la cesión de uso, se determina el abono en favor de las asociaciones firmantes de una cuantía total por los gastos de gestión y la remuneración de la cesión de uso de los derechos de autor de setenta mil novecientos cuarenta y un euros (70.941 euros), implicando una reducción en las tarifas generales establecidas, distribuyéndose entre las asociaciones firmantes por terceras partes, correspondiendo veintitrés mil seiscientos cuarenta y siete euros (23.647  euros) a cada una de ellas.

A efectos de justificación las Asociaciones deberán aportar documento original del autor o titular del derecho de cada uno de los cortometrajes acreditando la cesión a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa para su emisión y utilización en el ámbito previsto en la cláusula tercera en el plazo máximo de dos meses desde la firma del presente convenio, o desde la notificación de su incorporación a la plataforma, notificación está que será realizada por el ICAA.

Se constituye una Comisión de Seguimiento del convenio con el objetivo de evaluar las diferentes actuaciones de forma conjunta y de informar recíprocamente de las actividades que cada parte desarrolle en ejecución del convenio.
La Comisión estará integrada por dos representantes de cada una de las partes firmantes. La Comisión de Seguimiento podrá interpretar y resolver las dudas que se desprendan del mismo. Podrán actuar mediante reuniones presenciales, o por los medios telemáticos o electrónicos oportunos que garanticen su adecuado funcionamiento. Se celebrará al menos una reunión al año, constando en acta las conclusiones o acuerdos alcanzados en ella.
Séptima. Efectos, modificación y extinción.

El Convenio surtirá efectos durante un periodo de cuatro años desde la fecha de su firma, prorrogables a cuatro años más, y entrará en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

RESOLUCIÓN COMPLETA

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