Se publica la resolución que regula los precios públicos de aplicación a los servicios prestados por el ICAA

El Boletín Oficial del Estado del 3 de mayo incluye la Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se regulan los precios públicos de aplicación a los servicios prestados por dicho organismo cinematográfico.

Se aprueban los precios públicos y condiciones para su aplicación, que se percibirán por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). La cuantía de los precios se incrementará con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que en cada caso proceda según la normativa vigente en la materia.

Quedan excluidos del régimen de precios públicos establecidos en la resolución, los convenios que se formalicen para utilizar las reproducciones, duplicados o copias con fines culturales o comerciales, cualquiera que sea el soporte de las mismas. La Dirección General del ICAA determinará la contraprestación a percibir en estos convenios, en base a los siguientes criterios:

a) La relevancia cultural de las producciones o proyectos y su conexión con los fines propios de la institución.
b) La incidencia en la difusión pública de los valores culturales de la institución.
c) Predominio de los fines culturales, privados, o comerciales, en su utilización por el solicitante.
d) Cobertura de los costes de los trabajos necesarios para su ejecución.

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Estarán exentos del pago del precio público los préstamos que se realicen por la Filmoteca Española a las Filmotecas establecidas en las Comunidades Autónomas y a los Archivos integrados en la Federación Internacional de Archivos Fílmicos, sin perjuicio del cumplimiento de las exigencias relacionadas con la preservación y custodia de materiales y la cobertura de gastos que pueda ocasionar el desplazamiento.

La solicitud de los servicios comprendidos en la resolución se cursará en los modelos que al efecto se establezcan y que estarán disponibles en la página Web del ICAA. El pago de los precios establecidos en el Anexo se efectuará de la siguiente forma:

a) Precios establecidos por entradas a la sala de proyección de la Filmoteca Española (entradas, abonos anuales y otro tipo de actividades): en efectivo, con tarjeta de crédito o a través de plataforma de venta de entradas por Internet.
b) Realización de fotocopias: en efectivo.
c) Resto de precios: por transferencia bancaria o ingreso directo en la cuenta corriente correspondiente.

En relación con las entradas a la sala de proyecciones de la Filmoteca Española, introducen nuevos formatos, como los abonos anuales, se establece la gratuidad de las entradas para menores de 18 años, y se regula la exención del pago de la misma a determinados colectivos o en circunstancias excepcionales. Por otro lado, razones culturales y de interés público hacen oportuna la extensión de las bonificaciones en los precios a determinados colectivos, como los mayores de 65 años y las personas en situación legal de desempleo.

En cuanto a los servicios relacionados con el acceso a los fondos patrimoniales de la Filmoteca Española, se sistematizan las normas aplicables en torno a tres tipos de servicios: el préstamo de copias de películas, la reproducción, y la cesión de derechos de uso. En cada caso, se establecen con claridad las condiciones, limitaciones y
obligaciones derivadas de la prestación del servicio, siempre supeditadas a las necesidades de conservación, en tanto que bienes que integran el Patrimonio Histórico y Cultural, y el cumplimiento de la normativa en materia de propiedad intelectual.

RESOLUCIÓN COMPLETA

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